La Nación “Ocurra por la vía que corresponda”
En la jerga legal, esta es la clásica fórmula empleada por las autoridades, tanto en el ámbito administrativo como judicial, para rechazar de plano cualquier petición formulada ante un órgano o instancia que no tiene competencia para entender en la materia.
La lacónica pero imperativa fórmula trasmite un claro mensaje al recurrente que pifió el camino. “Ocurra por la vía que corresponda” debe por tanto ser la corta y tajante respuesta institucional que la Seprelad debe dar a la insólita “denuncia particular” formulada por el ministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, contra el expresidente Horacio Cartes, presentada ante una institución que notoriamente carece de competencia legal para recibir denuncias de supuestos hechos punibles.
La Seprelad no tiene atribuciones legales para recibir y mucho menos dar trámite a denuncias de particulares, aun cuando pudieran tener relación con supuestos hechos vinculados al lavado de dinero. El ámbito de competencia de la Seprelad está estrictamente definido por la ley y su marco de actuación como organismo técnico se encuentra taxativamente delimitado por las atribuciones que la ley le otorga, conforme al principio de legalidad que debe regir los actos de la administración pública.
En este sentido, la Ley 1.015 define quiénes son los sujetos habilitados y obligados a formular denuncias o reportes de operaciones sospechosas a la Seprelad. Las personas físicas, salvo que se dediquen en forma habitual a la intermediación financiera, no están incluidas en la lista, por lo que el Sr. Arnaldo Giuzzio, al aclarar que su denuncia fue realizada “por derecho propio”, no está legitimado para presentar reportes de operaciones sospechosas. Y si su presentación fuera catalogada como la denuncia formal de un hecho punible, la Seprelad tampoco sería el órgano competente para recibirla, sino el Ministerio Público, por lo que en cualquiera de los casos no cabe sino el rechazo de plano de dicha presentación.
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— ً Sun Feb 14 06:59:17 +0000 2021
Cualquier actuación de la Seprelad que se aparte del marco de sus atribuciones haría incurrir a su titular en mal desempeño de funciones.
Ante esta situación, cabe preguntarse, ¿por qué el ministro Giuzzio no formuló el reporte en nombre del Ministerio del Interior, que como organismo estatal es considerado sujeto obligado y, por ende, habilitado a formular reportes de operaciones sospechosas a la Seprelad? ¿Se trató de un error por desconocimiento de la ley o de un deliberado desatino?
Después de presenciar el despliegue mediático del ministro, que difundió con bombos y platillos su referida denuncia, la respuesta parece muy obvia. Giuzzio sabía como abogado y ex fiscal que si presentaba su reporte en nombre del Ministerio del Interior, el mismo podría tener recepción válida en la Seprelad, aunque su contenido fuera inconsistente, como lo es, pero en tal caso el ministro quedaría obligado a no revelar y guardar la confidencialidad de la denuncia formulada porque esto es lo que manda imperativamente la Ley 1.015 a todos los sujetos obligados con el propósito de no entorpecer la labor técnica de inteligencia financiera que la Seprelad realiza a partir de los reportes recibidos.
Elegir el camino errado revela por tanto con crudeza la verdadera motivación de esta “denuncia”. No era el manejo sigiloso de la información con la finalidad de coadyuvar seriamente con la Seprelad lo que el denunciante buscaba, sino el barullo mediático con fines claramente políticos, y esto solo era posible hacerlo presentando la improcedente denuncia “por derecho propio” para no comprometer la responsabilidad institucional de la cartera a su cargo.
Solo que al hacerlo de este modo, esta “denuncia” está irremediablemente condenada al archivo.
Giuzzio ya logró su objetivo de explotar sus estruendosos pero efímeros fuegos de artificio. Solo cabe esperar que la Seprelad no caiga en este juego político que poco favor le hace a la institucionalidad del país y no se aparte del marco de la ley dando trámite a peticiones que exceden el marco de su competencia.